Las siglas AECI corresponden a Agencia Española de Cooperación Internacional, organismo autónomo del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España encargado de la gestión de la política española de cooperación internacional para el desarrollo. Fue creada por Real Decreto en 1988, dependiendo de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI), y tiene su sede central en Madrid, España.
En Enero de 2008, la AECI se ha transformado en AECID, Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. No sólo cambia el nombre, sino que se pretende transformar la antigua agencia en un modelo de gestión que equilibre adecuadamente los principios de autonomía, control y responsabilidad por resultados.
AECID es responsable del diseño, la ejecución y la gestión de los proyectos y programas de cooperación para el desarrollo, ya sea directamente, con sus propios recursos, o bien mediante la colaboración con otras entidades nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales.
AECI tiene una estructura exterior muy amplia, formada por 40 Oficinas Técnicas de Cooperación, 12 Centros Culturales y 3 Centros de Formación, situados en los países donde la agencia lleva a cabo sus principales proyectos de cooperación.
México cuenta con Oficina Técnica de Cooperación desde 1989 y con Centro Cultural de España, desde 2003
LA REFORMA
La Reforma se inició al comenzar la legislatura, año 2004. Para cu correcta implementación, se dieron los siguientes pasos:
1. Reflexión sobre el mejor modelo para las exigencias que tiene en esta etapa la cooperación española.
a) Diagnóstico exhaustivo de la organización
b) Análisis de la organización: objetivos, procesos básicos y
organización
c) Elaboración de un documento de trabajo con las principales
líneas de la reforma
2. Colaboración activa de la Junta de Personal en el proceso.
3. Encuentros con otras agencias internacionales de desarrollo para tener en cuenta sus experiencias.
4. Actuaciones formativas dirigidas a la preparación del personal para el proceso de cambio.
Nueva Ley de Agencias Estatales, de 18 de julio de 2006:
La Ley de Agencias Estatales autoriza al gobierno a crear “la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo”, para el fomento, gestión y ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo. Esta ley busca implantar un modelo de gestión que equilibre adecuadamente los principios de autonomía, control y responsabilidad por resultados.
La Ley de Agencias distingue entre los órganos de gobierno y los órganos ejecutivos.
- Los máximos órganos de gobierno que establece son: el Consejo Rector y su Presidente/a. El Consejo Rector de la nueva agencia decidirá sobre los objetivos y planes de acción anuales y plurianuales que regirán su marcha, aprobará el anteproyecto de presupuesto y las cuentas anuales y nombrará y cesará al personal directivo.
- El máximo órgano ejecutivo es: el Director/a que es el responsable de la dirección y gestión de la Agencia así como de las competencias delegadas por el Consejo Rector.
En el caso de AECID, el Consejo Rector está compuesto por:
- Presidente
- Vocales en representación del MAEC: 5
- Vocales en representación de la AECID: 1 (Director)
- Vocales en representación de otros ministerios: 4
- Representantes de los trabajadores: 2
- Secretario: el Secretario de la AECID (con voz y sin voto)
Las funciones del Consejo Rector son:
Por su parte, las funciones del Presidente/a del Consejo Rector son:
- Ostentar la representación institucional de la Agencia.
- Ejercer la superior dirección de la Agencia.
- Velar por la consecución de los objetivos asignados a la Agencia.
- Las funciones que le corresponden como Presidente de un órgano colegiado (de acuerdo a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común).
Por último, las funciones del Director/a de la Agencia son:
Principales características de la nueva AECID:
Se desea establecer una Agencia que sea a la vez un organismo de cooperación y una Agencia de desarrollo:
- Capaz de gestionar un importante presupuesto propio en proyectos y
programas de cooperación
- Gestionar en un marco de diálogo con las instituciones locales y otros
agentes de desarrollo, españoles, agencias de países donantes o
multilaterales
- Apoyando los procesos de “apropiación”, “armonización” y “alineamiento”
que emanan de la “Declaración de París”.
Conclusiones:
La cooperación española está en un momento histórico:
Se ha aclarado la relación entre la política exterior y la de cooperación: ambas se relacionan y enriquecen mutuamente. El papel de primera línea que el Gobierno quiere para España en la lucha contra la pobreza y en el cumplimiento de los ODM es un elemento definitorio de la política exterior.
Se ha aclarado la misión de la Agencia: la lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo.
La Agencia tiene un mandato legal claro: es el órgano de fomento, gestión y ejecución de la política española de Cooperación Internacional para el desarrollo.
Existe la voluntad política de contar con un instrumento potente y de referencia para la cooperación no reembolsable.
Documentos a tener en cuenta para la creación de la nueva AECID:
- 1.- Estatuto de AECID (en proceso de aprobación). Recoge funciones, objetivos, competencias, estructura y gestión de todo lo referente al funcionamiento de la nueva agencia.
- 2.- Memoria (en proceso de aprobación). Medios, fines y objetivos de la nueva agencia.
- 3.- Plan Inicial de Actuación. Actuaciones que la Agencia llevará a cabo en 2007 – 2008.
Vídeo de la conferencia de prensa de la Vicepresidenta primera y Portavoz del Gobierno, y el Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, después de la reunión del Consejo de Ministrasen la que se aprobó el estatuto de AECID.
http://www.mpr.es/Centro+de+prensa/Videoteca/vt20071026.htm